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    Normativa

    Registro horario digital: en qué punto está (octubre de 2026)

    12 de octubre de 2026 7 min de lectura

    Lo habrás leído mil veces: «el fichaje digital ya es obligatorio». No es así. Qué obliga hoy, en qué punto está el real decreto y qué puedes dejar preparado sin depender de la fecha.

    Lo que obliga hoy

    Registrar la jornada es obligatorio desde mayo de 2019, cuando el Real Decreto-ley 8/2019 añadió el apartado 9 al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Toda empresa tiene que registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada trabajador.

    Los registros se guardan cuatro años y tienen que estar a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.

    Lo que la ley no impone hoy es el formato: papel, hoja de cálculo o una aplicación, siempre que el registro sea fiable. Eso es justo lo que quiere cambiar el real decreto en marcha.

    El real decreto del registro digital, paso a paso

    • Septiembre de 2025: el Consejo de Ministros acuerda tramitar por vía urgente un real decreto para que el registro sea digital.
    • Otoño de 2025: el borrador sale a audiencia pública.
    • Marzo de 2026: el Consejo de Estado emite un dictamen muy crítico, aunque no vinculante. Entre otras cosas, señala la carga para las pequeñas empresas, la protección de datos y si un cambio así debía hacerse por ley.
    • Verano de 2026: Trabajo revisa el texto. La aprobación, prevista para julio, se pasa a septiembre, y en septiembre tampoco llega.
    • Octubre de 2026: a día de hoy, 12 de octubre, el real decreto no se ha aprobado ni publicado en el BOE. El Ministerio da el texto por revisado y apunta a llevarlo al Consejo de Ministros este mes.

    Qué prevé el borrador

    El texto definitivo puede cambiar, pero el borrador que se conoce apunta en esta dirección:

    • Registro solo digital: se acabarían el papel y la hoja de cálculo suelta.
    • Que no se pueda manipular, y que la Inspección de Trabajo pueda consultarlo a distancia.
    • Que cada trabajador pueda consultar sus propios registros.
    • Entrada en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, sin periodo transitorio, aunque se ha debatido dar más margen a las pymes.

    Lo que el borrador no dice

    Los requisitos técnicos detallados no están en el borrador: se dejan para normas de desarrollo posteriores. Desconfía de quien te asegure que exige una tecnología concreta; lo que pide es que los datos se puedan entregar en un formato tratable, legible y compatible.

    Tampoco obliga a geolocalizar a nadie. Si te lo planteas, piénsalo dos veces: la protección de datos exige que cualquier control sea proporcionado, y saber dónde está alguien a cada minuto rara vez lo es.

    Qué puedes preparar ya, salga cuando salga

    La parte difícil de un registro horario no es el botón de fichar: es tener claro el calendario y las reglas de cada persona. Eso se puede hacer hoy y no depende de la fecha:

    • La jornada teórica de cada trabajador y el calendario laboral, con festivos y vacaciones.
    • Cómo se tratan las pausas, el teletrabajo y los trabajos fuera del centro.
    • Desde dónde fichará cada uno: móvil, ordenador o terminal en la entrada.
    • Quién revisa las incidencias, como un olvido o una salida sin fichar, y cómo se corrigen dejando rastro.
    • Cómo se informa a la plantilla y a sus representantes antes de empezar.

    Nosotros lo hemos resuelto dentro del programa de gestión: las mismas personas y el mismo calendario laboral, sin instalar nada, porque se abre en el navegador del móvil. La hora la pone el servidor, nunca el teléfono del interesado, y no hay geolocalización. Lo tienes en control horario.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio el fichaje digital en 2026?

    A 12 de octubre de 2026, no. Registrar la jornada es obligatorio desde 2019, pero en el formato que elija la empresa. El real decreto que lo haría digital sigue sin aprobarse ni publicarse en el BOE.

    ¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros de jornada?

    Cuatro años, a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.

    ¿Cuándo entraría en vigor el registro digital?

    El borrador preveía su entrada en vigor a los veinte días de publicarse en el BOE. El texto definitivo puede cambiarlo, por eso conviene tener preparado el calendario y las reglas de cada trabajador antes.

    ¿Sirve una hoja de Excel para registrar la jornada?

    Hoy la ley no impone un formato, pero el registro tiene que ser fiable. Con un real decreto en marcha que lo haría solo digital, lo prudente es no montar nada nuevo sobre papel o una hoja de cálculo suelta.

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